El contador público, Óscar Gutiérrez Tenorio, presentó en su programa semanal “Balance Empresarial” que se transmite en sus redes sociales oficiales, un análisis de los alcances legales, requisitos para la deducibilidad y riesgos del acuerdo que se realizó hace dos días, sobre la eliminación de la subcontratación en México; con la C.P.C Miriam Fabiola Gutiérrez Muñoz, presidenta del Colegio de Contadores Públicos de Aguascalientes.
La subcontratación o el outsourcing, es un esquema donde hay personal contratado fuera de la empresa. Gutiérrez Muñoz explicó que nace por la necesidad de ciertas empresas por contratar personal especializado o con fines temporales para atender las urgencias, contemplando que es dar la disposición de otra persona el personal que no es propio. Asimismo, la subcontratación ha sido analizada continuamente y han existido diversas reformas laborales con cambios.
Durante 2017, se comunicó un reporte por el Servicio de Administración Tributaria, y se mencionaba la mala práctica en el manejo de este esquema, sobre simulaciones y cantidades de recursos que nos daban a conocer que fue la base para imponer una regulación y retención en el impuesto de valor agregado (IVA), ya que justificaban que no se integraban los impuestos.
En 2019, se presenta una iniciativa para reformar la Ley Federal del Trabajo eliminando el outsourcing.
En 2021, se autoriza este dictamen con ciertas modificaciones: prohíbe la subcontratación, regulando a personal especializado solo con autorización, se limita la distribución de la PTU (reparto de utilidades), se reforman leyes del Seguro Social e Infonavit para contemplar reportes en relación al trabajo, no hay deducibilidad y no acreditamiento en caso de subcontratar el objeto social.
La reforma propone que no sean contratados los productores en una empresa de distribución. En cambio, si se requiere a un especialista para atender alguna necesidad de la empresa, tiene que ser reconocido por la Secretaria de Trabajo y Previsión Social (STPS). Por ello, la recomendación es revisar el objeto social en las actividades que realices en la empresa con ayuda del abogado corporativista.
Otro tema relevante dentro de la reforma, es la validación de un listado de empresas especializadas por la STPS, que tendrá un gran alcance ya que ellos decidirán a quién contratar. A lo cual, Gutiérrez Muñoz calificó como un retroceso porque centraliza quién sí puede ser empresa y quién no. También comentó que en el proceso para estar en la lista de empresas autorizadas, se necesita llevar documentos a la STPS, y si en un plazo de 20 días no te contestan, significa que sí te permitieron laborar.
Los contadores aseguraron que existirá más carga administrativa para el departamento de nóminas y Recursos Humanos en aquellas empresas donde ciertas áreas están subcontratadas, en cambio, en empresas donde existan pocos trabajadores, habrá 10% de reparto de utilidades (PTU), que beneficiará a los empleados.
Actualmente, se tienen cifras de 4.6 millones de mexicanos en subcontratación, en estos números, existen empleos formales e informales. En el país, hay una enorme cifra de personas con trabajos irregulares, que es un tema de gran magnitud y directamente no se ha abordado, hasta ahora para verificar con todas las empresas qué grado de seriedad manejan con sus empleados; incluso gobierno, que contrata 4 de cada 10 empleados.
En ese sentido, finalmente se destacó que el trabajador en el esquema de outsourcing puede estar contemplado a una contratación formal pero depende de las necesidades de la empresa, y en ambos casos, debe tener más garantías.
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