Aprueba el PRI, convocatorias para las candidaturas de alcaldías y diputaciones locales 2020-2021.

Por A Opinión Magacín

Esta semana, el delegado del CEN del PRI, Luis Antonio Muñoz Mosqueda, junto con la dirigencia del CDE del PRI en Aguascalientes, presidente Herminio Ventura Rodríguez y secretaria general, Leslie Atilano Tapia, la diputada federal, Norma Guel Saldívar, además de representantes de sectores y organizaciones, llevaron a cabo la tercera sesión extraordinaria de la comisión política permanente del consejo político estatal en donde se aprobó vía plataformas digitales y de manera presencial, que se emitan las convocatorias para la selección y postulación de las candidaturas a las diputaciones locales y presidencias municipales, por el principio de mayoría relativa y bajo  los siguientes preceptos. 

1.    Que el artículo 132 del código electoral del estado de Aguascalientes señala que los procesos internos para la selección de candidatos a cargos de elección popular son el conjunto de actividades que realizan los partidos políticos y los precandidatos a dichos cargos, de conformidad con las disposiciones legales y las que aprueben los órganos de dirección de cada partido. 

2.    Que el artículo 194 de nuestros estatutos, establece que el proceso interno para seleccionar y postular candidatas y candidatos a puestos de elección popular deberá regirse por las disposiciones estatutarias y del reglamento respectivo. 

3.    Que el pasado 12 de noviembre de 2020, esta comisión política permanente aprobó que para la selección y postulación de las candidaturas a las presidencias municipales y diputaciones locales propietarios por el principio de mayoría relativa, se utilizara el procedimiento estatutario de comisión para la postulación de candidaturas en los once municipios y dieciocho distritos locales uninominales. 

4.    Que el artículo 211, de los ya señalados estatutos determina que las convocatorias para postular candidatos y candidatas a diputaciones locales y presidencias municipales se expedirán por el comité directivo estatal, previa aprobación del consejo político de la entidad y del presidente del comité ejecutivo nacional. 

5.- Que el artículo 47, tercer párrafo, del reglamento para elección de dirigentes y postulación de candidaturas ordena que los consejos políticos de las entidades federativas aprobarán que el comité directivo correspondiente emita las convocatorias para la postulación de candidaturas a las diputaciones locales y los ayuntamientos.