“Y AHORA VAN POR EL TRIBUNAL”
El Presidente Andrés Manuel López Obrador presento el pasado 3 de noviembre una iniciativa de reformas a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, para los Diputados de Oposición la verdadera intención del Presidente es controlar el Tribunal, es imponer a su próxima Presidenta la Magistrada Natalia Pérez.
El pasado 8 de diciembre la Cámara de Diputados aprobó por mayoría la iniciativa presidencial, esto por 251 votos a favor y 206 en contra y una abstención, dicha iniciativa fue enviada al Senado para sus efectos Constitucionales.
¿Pero que es en sí lo que contiene esta iniciativa de reformas?, la iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, tiene como objetivo oficial reorganizar el funcionamiento, atribuciones y responsabilidades de las y los magistrados de dicha dependencia, y básicamente conlleva a lo siguiente:
- De acuerdo con la propuesta del Presidente de México, se permite la designación consecutiva por única ocasión de las y los magistrados de Sala Superior y de las Salas Regionales que integren la Junta de Gobierno y Administración.
- El proyecto del Presidente, también amplía el periodo de la presidencia del Tribunal de tres a cuatro años, así como modificar las reglas de suplencia de las personas titulares de las presidencias tanto del TFJA como de la Sección Tercera.
- Además, esclarece el procedimiento de designación y ratificación de las y los magistrados del Tribunal, específicamente con relación a la idoneidad. Asimismo, se modifican las reglas de suplencia de las personas titulares de las presidencias tanto del TFJA como de la Sección Tercera.
- Establece que el TFJA conocerá de los juicios respecto de la separación, remoción, baja, cese, destitución o cualquier otra forma de terminación de servicio de las personas Agentes del Ministerio Público, Peritas e integrantes de las instituciones policiales de la Federación.
- Las sesiones que realicen las Secciones deberán ser públicas: se levantará acta y se tomará versión estenográfica o grabación. Cuando la Ley señale que deberán ser privadas solo se levantara acta de la cual se hará versión pública, además señala que se deberá de elegir al titular de la presidencia del Tribunal de los integrantes Magistrados del propio Tribunal.
- Asimismo, establece que las personas servidoras públicas del Tribunal deberán de guardar la mas estricta reserva respecto de los datos e información contenida en los expedientes que se encuentren en las Salas u órganos colegiados adscritos y de los demás que tengan conocimiento.
- Se establece el procedimiento para la remoción de los Magistrados, previa investigación y sustanciación de la Junta de Gobierno y Administración y resolución del Pleno General cuando acosen, u hostiguen sexualmente o bien llevar a cabo una o más conductas de carácter sexual valiéndose de su posición jerárquica u aunque no exista dicha posición, sobre una persona de su entorno laboral sin su consentimiento de ella.
- Además, se establece que no se podrán valer de sus facultades o atribuciones de su empleo, cargo o comisión directa o indirectamente para designar, intervenir para que se contrate en cualquier órgano jurisdiccional o área administrativa del Tribunal en que ejerza sus funciones, a personas con las que tengan lazos de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado o vinculo de matrimonio, concubinato o afectivo.
- También se establece que serán removidas las personas, que, habiendo recibido un nombramiento de base, interino o de confianza directa o indirectamente, designen, nombren o intervengan para que se contrate a los cónyuges, concubinas, convivientes o parejas en relaciones análogas o a parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado de la persona que lo nombro.
Si bien es cierto la iniciativa contiene propuestas viables, también lo es que una de las principales criticas es incidir en la elección de una persona como titular de la Presidencia del Tribunal, lo cual se llevara a cabo este próximo 2 de enero, de nueva cuenta estamos ante la misma situación del plan b, el pretender controlar a las instituciones pervierte cualquier sistema democrático, insisto quizás haya partes muy enriquecedoras en la propuesta pero cualquier esbozo de intromisión en los poderes siempre será reprochable.
Y es que durante 86 años que lleva funcionando el Tribunal sus resoluciones le han otorgado credibilidad y respeto, esto por supuesto no significa que no se deba de actualizar y adaptar a los tiempos actuales y a las nuevas realidades, pero sin perder su autonomía como órgano jurisdiccional perteneciente al Poder Judicial de la Federación, lo que traduce esta propuesta es que no están contenidas las opiniones de especialistas, magistrados y abogados, los artículos quinto y sexto transitorios del dictamen aprobado por mayoría de los diputados pareciera como un traje a la medida de una magistrada, vulnerando la libertad que tiene los magistrados de elegir su presidencia, y eso representaría un grave mensaje, representaría acaparar el poder y en si acabar con los contrapesos que deben de existir en cualquier sistema que se jacte de ser demócrata.
Y es que esto es así, ya que la reforma no es ni por mucho una reforma a la estructura del Tribunal, ni una reforma en equidad de género, sino que representa el debilitamiento y sometimiento de un órgano jurisdiccional en perjuicio del Estado, es una reforma en lo que aduce a la integración de este privativa de derechos, una verdadera intromisión a las tripas de un órgano que a lo largo del tiempo de vida ha dado muestras de credibilidad, respeto y transparencia.
Lejos de eliminar restricciones a los Magistrados de la Tercera Sección para que puedan aspirar presidir la Presidencia del Tribunal, lo que se debió buscar con esta reforma es que de verdad existan instituciones imparciales y especializadas capaces de ofertar un sistema garante de derechos de los particulares respecto de las autoridades, pretender desviar ese objeto a cualquier órgano jurisdiccional es perverso y no puede ser benéfico para ningún país.
Que sigue:
Como ya lo decíamos fue remitida al Senado de la Republica para los efectos Constitucionales, y aunque pareciera que será aprobada por el partido en el poder y sus aliados, aun se tiene la esperanza de que no sea aprobada y sea regresada para su análisis a la cámara de origen, si se cumple con la primera premisa, entonces a los partidos de oposición les quedaría el camino jurídico para combatir lo que a todas luces se observa como violaciones legales, sin duda esto llevaría algo de tiempo en su resolución ante la Corte y la verdad es que no se vislumbra claramente como seria resuelto dicho asunto por el máximo órgano jurisdiccional en el país quien a veces ha emitido resoluciones que han causado mucha incertidumbre legal, al tiempo.